Tratados de Libre Comercio de Mexico con el continente Europeo
Europa
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Tratado de libre comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC)


La República de Islandia, el Principado de Liechtenstein, el Reino de Noruega y la
Confederación Suiza (a los que en lo sucesivo se les referirá colectivamente como "los
Estados de la AELC") los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo "México")
A los que en lo sucesivo se les referirá como las Partes,

CONSIDERANDO los importantes lazos existentes entre México y los Estados de la
AELC, y reconociendo el deseo común de fortalecerlos, para establecer, de esta forma,
Relaciones cercanas y duraderas;

Objetivos

1. Los Estados de la AELC y México establecen un Área de Libre Comercio de Conformidad con las disposiciones de este Tratado.
2. Los objetivos de este Tratado son:

(a) la liberalización progresiva y recíproca del comercio de bienes, de
Conformidad con el artículo XXIV del Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (en lo sucesivo "GATT de
1994");
(b) establecer condiciones de competencia leal en el comercio entre las
Partes;
(c) la apertura de los mercados de contratación pública de las Partes;
(d) la liberalización del comercio de servicios, de conformidad con el
Artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la
OMC (en adelante "AGCS");
(e) la liberalización progresiva de la inversión;
(f) asegurar una adecuada y efectiva protección de los derechos de
Propiedad intelectual, de conformidad con las normas internacionales
Más exigentes;
(g) contribuir de esta manera, mediante la eliminación de barreras al
Comercio, al desarrollo armónico y a la expansión del comercio
Mundial.

 
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